Apud acta electrónico
Cómo otorgar el poder apud acta electrónico
Le explicamos, paso a paso, cómo designar a nuestros Procuradores de los Tribunales desde la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia, tanto para personas físicas como para personas jurídicas, sin desplazarse y con su certificado digital.

Antes de empezar
Para otorgar el poder apud acta electrónico solo necesita acceder a la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia. Puede hacerlo con Cl@ve, aunque recomendamos siempre el certificado digital.
Tenga a mano los datos de nuestros procuradores, que debe indicar como apoderados (paso 5). Si el poderdante es una sociedad, necesitará además el certificado digital de su representante y la escritura de nombramiento (pasos 5 y 10).
El trámite es gratuito y el poder tiene una validez máxima de cinco años.
Puede descargar la guía completa para la realización del apoderamiento apud acta electrónico, general y para la realización de conciliaciones, en español e inglés, al final de la página.
Paso a paso
A través del link acceder a la «Sede Judicial Electrónica» del Ministerio de Justicia.
sedejudicial.justicia.es/-/apoderamiento-apud-acta (se abre en una pestaña nueva)
En el menú principal se debe seleccionar la pestaña «Acceder al servicio Cl@ve». Acceder al mismo eligiendo el método de identificación elegido, recomendamos siempre el certificado digital.

Visualizamos la pantalla de búsqueda de procedimientos Apud Acta, se debe seleccionar la pestaña «Nuevo».

Visualizamos la pantalla de selección de poderdante o compareciente seleccionando el desplegable, y eligiendo «En calidad de Poderdante», pulsando «Siguiente».

A continuación, complete el formulario con los datos del apoderamiento. Aquí, se deben completar los datos (domicilio, etc.), que no aparezcan por defecto en el certificado (compruebe que sea así, por favor).
Por favor, tenga en cuenta que, si se utiliza el certificado digital de una persona física, los datos que, por defecto, aparecerán serán sus datos personales.
Por el contrario, si quien debe tramitar el apoderamiento es una persona jurídica (sociedad), el apoderamiento se tramitará con el certificado digital de ésta. (Por ejemplo: si se trata de una S.L., se utilizará el certificado de representante de esta persona jurídica S.L.). De modo que, por defecto, los datos que aparecerán, serán los del representante (persona física que sea, a su vez, administradora única, administradora solidaria, apoderado sin más, de la Sociedad, etc.).
En estos casos, en el apartado datos del poderdante, hay que incluir los de la sociedad ya que, por defecto, en los comparecientes representantes aparecen los del certificado (representante de la persona jurídica).
Los datos de los Procuradores de los Tribunales que deben aparecer en el Apud Acta, son los que conforman nuestro despacho profesional. Para la obtención de dichos datos, por favor, póngase en contacto con nosotros por vía telefónica y/o correo electrónico.
Introducidos los datos, seleccionar «Añadir apoderado».
El siguiente paso es seleccionar el tipo de apoderamiento/procedimiento concreto:
- Si es un apoderamiento general se debe seguir con las instrucciones.
- Si el apoderamiento es para un procedimiento en concreto, se deben completar los datos requeridos del procedimiento.
A continuación, se debe elegir, en el tipo de apoderamiento, «para determinadas clases de procedimientos». Es muy importante seleccionar todas las clases de tipo de apoderamiento, que están marcadas con las flechas, y el resto de las que aparezcan también.

Una vez elegida esta opción, la pestaña de «Poder general para pleitos (Art. 25.1 Ley 1/2000)» estará seleccionada por defecto. Además, se debe seleccionar la opción de «Poder Especial (art. 25.2 Ley 1/2000)».
En el apartado Facultades seleccionar todas las facultades especiales que aparezcan (transigir, allanar, allanarse a concursos, solicitar concursos voluntarios y necesarios, otorgar ratificaciones personales, conciliaciones, etc., … y todas las demás que aparezcan). Es muy importante que se seleccionen todas las facultades especiales que aparecen; y pulse «siguiente».

Enviar el apoderamiento (la fecha de vigencia se rellena automáticamente con la fecha máxima de duración: 5 años). No es necesario que se modifique la fecha. Pulse «siguiente».

Cuando se trate de una sociedad (persona jurídica), habrá que incluir la escritura de nombramiento del representante (Escritura de nombramiento de administrador único o la que proceda) antes de poder seguir para obtener el certificado. En la descripción o nombre del archivo basta poner escritura de poder. Por favor, tenga en cuenta que si el archivo tiene mucho peso, habrá que comprimir (reducir) el archivo, pues de lo contrario el programa no deja seguir y da error.
Ahora se accederá a la pantalla para firmar el Apud Acta. Aquí, solo tiene que darle a «confirmar». Le aparecerá una pantalla confirmando que el apoderamiento se ha dado de alta correctamente.

Descargar el certificado de Registro.
Una vez se obtenga el certificado registro de inscripción del apoderamiento Apud Acta, ruego lo remita al correo electrónico del despacho profesional: .

Apoderamiento apud acta electrónico para conciliaciones
Si el apoderamiento es para conciliaciones, los pasos son los mismos, con dos diferencias importantes:
- Paso 8. Es muy importante seleccionar las clases de tipo de apoderamiento Juzgados de lo Social, Audiencia Nacional, Tribunal Superior de Justicia y Tribunal Supremo.
- Paso 9. Además de todas las facultades especiales referidas para el apoderamiento general, hay que marcar todas las facultades que aparecen en el recuadro «¿desea incluir alguna facultad general?».
Puede descargar la guía específica para conciliaciones más abajo.
Descargue la guía
- Guía para otorgar el poder apud acta electrónico (PDF, español)
- Guía para otorgar el poder apud acta electrónico para conciliaciones (PDF, español)
- Instructions for the electronic power of attorney (PDF, English)
- Instructions for the electronic power of attorney for conciliations (PDF, English)
Acceder a la Sede Judicial Electrónica (se abre en una pestaña nueva)
¿Tiene dudas con el trámite? Contacte con nosotros y le ayudamos.